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Contabilidad

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Artículo 31º.-

El ejercicio económico será anual y coincidirá con el año natural.

Artículo 32º.-

El Patronato formará cada año un presupuesto en el que se comprenderán los ingresos y los gastos previsibles.

Durante el curso del ejercicio, el Patronato podrá introducir en el presupuesto las modificaciones que estime precisas o convenientes para acomodarlo a las necesidades o atenciones que se deban cubrir.

Al final de cada ejercicio, el Patronato formará un estado de situación que exprese el resultado de la aplicación del correspondiente presupuesto.

Artículo 33º.-

La aprobación de la liquidación de los presupuestos corresponderá al Patronato.

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